Introduccion
La planificación es un conjunto acciones las cuales involucran una serie de procedimientos que deben realizarse en forma continua con el objeto de conocer los cambios que se han realizado en el ambiente. estas acciones tienen como propósito influir en el curso de determinados acontecimientos, con el fin de alcanzar una situación elegida como deseable, mediante el uso eficiente de medios y recursos escasos o limitados. En efecto cuando se planifica esta lleva inmersa consigo unas acciones que deben ir enrumbadas a lograr una situación deseable atendiendo los objetivos previamente planteados.
Planificar el desarrollo económico, político y social de Venezuela es de la mayor importancia, para todos, por eso el gobierno, partiendo de este mecanismo, nuestro país ha podido construir sus instituciones de fomento del desarrollo económico, las instituciones políticas que le darían viabilidad al proyecto nacional, así como crear los instrumentos de intervención del Estado en la economía para promover un desarrollo más acelerado y. equilibrado de las fuerzas productivas, hacer frente a los impactos de las crisis económicas internacionales manteniendo la soberanía de la nación, y dar sustento a un proceso de industrialización mediante la orientación, regulación y fomento de las actividades económicas con la colaboración tecnológica.
Cabe destacar, que a pesar de que en 1958, se institucionalizó la planificación en Venezuela, como una labor de análisis, proyección y formulación de metas generales, esta se inició en 1999, ya que es cuando se asume la planificación como alta política de Estado y se ratifica con la creación del Ministerio de Planificación y Desarrollo; y se certifica su importancia en la Constitución Nacional, ya que en esta se establece que el Estado creará un consejo de planificación y coordinación de Políticas Públicas (artículo 166), un Consejo Local de Planificación Pública (artículo 182), además de un Consejo Federal de Gobierno, el cual será el órgano encargado de la planificación y coordinación de políticas y acciones para el desarrollo del proceso de descentralización y transferencias de competencias del Poder Nacional a los Estados y Municipios (articulo 185), dichos órganos laboraran con la finalidad de establecer un conjunto de proposiciones deseables a futuro para un período determinado de acuerdo con las necesidades del País, dándole prioridad a las de mayor importancia.
En este trabajo se expondrán los diversos elementos que se relacionan entre la planificación y el presupuesto nacional, cómo debe comportarse el Consejo Federal de Gobierno para lograr la transformación del Estado. De igual modo, se describirá cuál es la situación de la deuda externa e interna de la Nación, las funciones del banco Central y su correspondencia con el Ministerio del Poder Popular para las Finanzas, entes de suma importancia para el manejo económico y fiscal de la Nación y cuyas políticas están inclinadas a fortalecer la economía nacional hacia un desarrollo integral del país.
1. ¿Qué es la Planificación Convencional en el Modelo Presupuestario y Fiscal?
Según el artículo 2 de la Ley Orgánica de Planificación (LOP), se entiende por planificación “la tecnología permanente ininterrumpida y reiterada del Estado y la sociedad destinada a lograr su cambio estructural”.
Planificación Convencional: según Gómez (2000, p. 53),
Es un instrumento capaz de establecer previsiones de futuro desde el presente, siempre que se conozca integralmente la realidad, consciente de los nuevos paradigmas de la planificación y el desarrollo, el marco ideológico del desenvolvimiento económico y social, las potencialidades y debilidades del territorio, para obtener visión de futuro posible
Es decir, son aquellos planes diseñados que toman en cuenta los hechos que se esta ocurriendo, para luego alcanzar las metas generales de la organización.
Por ejemplo, si el Estado pretende llevar a cabo un proyecto, para ello realiza un análisis de los acontecimientos del presente y posteriormente realiza una evaluación del plan de acción para con el objeto de construir un futuro, esto generalmente sucede cuan se debe realizar una planificación en la que se debe actuar con inmediatez.
El Modelo Presupuestario y Fiscal: La administración fiscal y presupuestaria, para ser llevada acabo de la manera mas eficiente, en concordancia con las actividades preestablecidas y para ejecutar el plan de acción, depende de una serie de actores que intervienen en los mismos y se encuentran clasificados en los poderes públicos de la Nación los cuales se encargan de ejecutar y controlar diversos factores que intervienen o que podrían influir en la planificación y en el presupuesto de la Nación para que se lleven a cabo con los principios éticos, morales y siguiendo las normativas judiciales. Es decir, todos conforman o son parte de un sistema, por ende se interrelacionan y dan un aporte para ejecutar el plan de acción del Estado.
Entonces, la planificación convencional es parte vital dentro del modelo presupuestario fiscal, puesto que permite predecir y darle seguimiento a los dineros públicos, dando la oportunidad de tomar medidas correctivas en la medida en que
sucedan cambios que ameriten nuevas asignaciones.
De acuerdo a lo antes expuesto, dentro de las funciones del Poder Ejecutivo Nacional, integrado por el Presidente , el Vicepresidente entre otros miembros cuyo objeto y responsabilidad en cuanto a la administración fiscal y presupuestaria, está orientada a la adecuada administración de la Hacienda Pública, así como aportar el dinero estipulado en el presupuesto y decretar créditos adicionales que sean necesarios para terminar alguna de las actividades en las que el presupuesto preestablecido no fue suficiente, esta información es suministrada por los funcionarios integrantes del Poder Publico Municipal y Poder Publico Estadal, ya que la estructura de los poderes permite distribuirse las tareas y responsabilidades entre un mayor grupo de personas lo que conduce a ser mas factible detectar las necesidades del colectivo.
Resulta de interés mencionar la afirmación del Espinoza (2008, s/p), el cual plantea en su obra Lineamientos de Derecho Público, que el Estado tiene en esta época una serie de actividades que son sumamente variadas y amplias y van desde la conservación de la sociedad, la salvaguardia de su independencia, la seguridad del orden y la tranquilidad, tanto exteriores como interiores, hasta el progreso social, económico, educativo, sanitario y cultura”; para lo cual, aplica planes estratégicos cuyo fin es mejorar el presente y construir un futuro cierto donde se les permitan a las distintas comunidades y cooperativas participar y dar su aporte para el logro de los objetivos preestablecidos.
PLANIFICACIÓN CONVENCIONAL
Poder Público Estatal
Poder Público Municipal
Poder Ejecutivo
Poder Legislativo
2. ¿Qué es Planificación Estratégica en el Modelo Presupuestario y Fiscal?
Según Steiner (1998, p. 32), la planificación estratégica, es un proceso que consiste en determinar los mayores objetivos de una organización y las políticas y estrategias que gobernaran la adquisición, uso y disposición de dichos recursos para alcanzar los fines preestablecidos.
Por su parte, Blackerby (1996), afirma que la planificación estratégica es un proceso continuo y sistemático donde las personas toman decisiones acerca de los resultados futuros que pretenden, cómo se logran los resultados, y cómo se mide y evalúa el éxito.
Igualmente, Lombardi (1995), la define como la formulación de hipótesis a los efectos de definir estrategias y programas para facilitar la concreción de determinada acción política. Para poder conocer las posibilidades y restricciones económicas administrativas, que podemos enfrentar en un proceso de descentralización
En cuanto a Fernández, (s/f), La planificación estratégica se puede definir como una forma sistemática de mejorar el cambio y de crear el mejor futuro posible para una ciudad.
En conclusión, la planificación estratégica, es un proceso donde la toma de decisiones va a depender de acuerdo al estudio y análisis de los acontecimientos pasados, con la finalidad de evitar y corregir posibles errores para mejorar el presente y construir el futuro deseado.
Su relación con el modelo presupuestario y fiscal si se desea realizar un proyecto con la finalidad de mejorar los niveles de ingreso del país y la distribución equitativa de los dineros públicos, dicha planificación se lleva a cabo por medio de un estudio y análisis de los acontecimientos pasados que se relacionen y así tener una noción de los posibles escenarios que se presenten, si son aplicados ciertos mecanismos y además permitirá aprender de los errores cometidos con anterioridad, para reformar el presente de todos los miembros de la Nación y con ello poder tener una visión del futuro.
Planificación Estratégica y el Modelo Presupuestario
Revisión de Acontecimientos Pasados
Hipótesis
(Debilidades) Estrategias (Fortalezas)
Visión del Futuro
Toma de Decisiones
Correcciones
Resultados
3. ¿Qué es la planificación de Estado y su Vinculación con Políticas
Públicas?
Planificación de Estado: según Hunsheifer (2003, p. 77) es un proceso utilizado por el Estado que permite aclarar el porvenir, facilita el debate económico y social, valoriza la coherencia, es decir, es un ejercicio metodológico que busca formas integradas de solución a los problemas, privilegia la coherencia tanto interna entre sus componentes, con respecto a los factores externos sobre los cuáles pretende incidir. Un sistema metodológico que implica la reingeniería de procedimientos perfeccionamiento de la programación, es decir, es el uso de las teorías y métodos para alterar con un fin específico algún elemento del sistema social. Es importante destacar que los objetivos de la planificación, así, de llevar a cabo esta son a su ves delimitados por el sistema social.
Durante mucho tiempo, la Planificación Social (o de Estado) ha sido una de las grandes preocupaciones de los operadores de las políticas públicas de los Estados en América Latina. Se ha intentado implementar un modelo de planificación social, se han visto disímiles no concordando en aspectos relevantes atendiendo fundamentalmente a incongruencias en sus fuentes teóricas, desde los cuales se pensaba la planificación social era la expresión casi primordial de los paradigmas, políticas, de modo que su implementación no a sido otra que el reflejo de discursos y conflictos políticos.
En el ámbito del Estado, una visión estratégica exige la planificación de prioridades de manera que estas sirvan como principio ordenador a los procesos de tomas de decisiones sociales y a la elaboración y aplicación de las políticas públicas. A partir de estas prioridades es preciso establecer las responsabilidades en forma equitativa, de manera tal que se distribuyan y asigné las tareas y recursos correctamente y posteriormente se pueda exigir una rendición de cuentas.
Uno de los viejos problemas es el que se refiere al presupuesto enlazado a la planificación. Según Hunsheifer (ob.cit, p. 79), hoy ha resurgido la necesidad de que la asignación presupuestaria se enmarque en un visión de conjunto y una estrategia de largo plazo que le de sentido y coherencia, ya que en el presupuesto transciende la mera formulación contable para constituirse en el punto de reunión de fuerzas de la sociedad y en esa medida es un instrumento netamente político, que permite aplicar esas políticas para que la distribución sea equitativa y llegue a los más necesitados.. Pero el presupuesto debe ser además, una adecuada herramienta de gobierno, debe producir resultados, en esta búsqueda de resultados son vitales tanto los instrumentos y procesos de evaluación, como la capacidad de generar, a partir de ellos, sistemas de incentivos eficaces para promover la búsqueda de la eficiencia social en la asignación de recursos públicos.
En Venezuela, esta búsqueda de la eficiencia social se refiere no sólo a la asignación, sino a la utilización de los recursos públicos. Esta preocupación ha llevado a una nueva gestión pública, que junto a la ejecución directa de las políticas públicas por parte del gobierno, considera hoy otras opciones para llevar a cabo esas políticas, en forma comunitaria. Para esto, se requiere una adecuada coordinación estratégica, de manera que la asignación de los recursos públicos corresponda con las prioridades de gobierno y que los propios sistemas de gestión de estos recursos sean también conducentes al aumento de la productividad y a la eficiencia social de la gestión pública. Se puede resumir que la función de coordinación estratégica debe ser entendida como una de las herramientas de la planificación que permita avanzar en la permanente construcción del balance necesario entre la eficiencia económica, la equidad social y la democracia política.
4. Definir los Siguientes Conceptos:
a. Administración Pública Centralizada
La Administración Pública Central, es el conjunto de órganos dependientes jerárquicamente del Presidente de la República, en su carácter de Jefe del Ejecutivo Nacional, cuyos actos se imputan a la República, conceptuada como personificación del Estado. La característica fundamental de la Administración Pública Central, es que la misma se encuentra integrada por un conjunto de órganos carentes de personalidad jurídica, que se subsumen en la personalidad de la República de Venezuela, formando parte de una estructura jerarquizada.
Según Brewer (1994, p. 82), los órganos que constituyen esta rama de la Administración Pública, se encuentran claramente establecidos en la Ley Orgánica de la Administración Central, siendo éstos: la Presidencia de la República, los Ministerios (artículo 2Û), el Consejo de Ministros (artículo 9Û), y las Oficinas Centrales de la Presidencia de la República (artículo 40). El Decreto 1.492, al referirse a los órganos de la Administración Pública Central, está haciendo referencia a los enumerados con anterioridad, quedando sometidos a las disposiciones establecidas en él, a excepción del Ministerio de la Defensa y sus entes adscritos, los cuales se encuentran expresamente excluidos, de conformidad con el aparte único del artículo primero del referido Decreto.
Es necesario dejar claro, que existen otros organismos, que si bien no se encuentran regulados por la Ley Orgánica de la Administración Central, forman parte de esta rama de la Administración Pública, como lo sería la Procuraduría General de la República, que se encuentra regulada por una Ley especial, pero que sin embargo puede ser subsumida dentro del organigrama de la Administración Pública Central, dependiendo jerárquicamente de la Presidencia de la República [Disponible en . www.sudeseg.gov.ve/dict_1997, consultado 2009, octubre 15]
b. Administración Pública Descentralizada
A nivel nacional, dentro de los órganos que conforman la Administración Pública destaca la Administración Descentralizada funcionalmente1, la cual está integrada de la forma siguiente, según Parra (2005, p. 66):
1. Los entes creados bajo formas de derecho público, dentro de los cuales destaca: Los establecimientos públicos institucionales, figura que corresponde a los institutos autónomos, los establecimientos públicos corporativos, dentro de los cuales se incluyen las universidades nacionales, los colegios profesionales y las academias nacionales y los establecimientos públicos asociativos.
2. Los entes creados bajo formas de derecho privado, integrados por: Las sociedades mercantiles de capital público, comúnmente denominadas empresas del Estado, Las asociaciones y sociedades civiles del Estado y Las fundaciones del Estado. Los entes que conforman la Administración Descentralizada funcionalmente se caracterizan por la presencia de personalidad jurídica y patrimonio propio e independiente del Fisco Nacional. Como se desprende de lo anteriormente expuesto, los institutos autónomos forman parte de la Administración Descentralizada funcionalmente y los mismos se pueden conceptualizar como entes de derecho público creados por ley, con patrimonio propio e independiente del Fisco Nacional, dotados de personalidad jurídica y sometida a la tutela de la República.
El fundamento legal que rige la Administración Pública Descentralizada es el siguiente:
- Ley Orgánica de la Administración Pública
- Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos
- Ley de Simplificación de Trámites Administrativos
Consejo Federal de Gobierno
El Consejo Federal de Gobierno (CFG) es un organismo compuesto por los Poderes Municipales, Estadales y Nacional de Venezuela, cuyo objeto es profundizar el proceso descentralizador del Estado (www.wikipedia.com, 2009).
El artículo 185 constitucional y la Ley Orgánica de la Administración Pública, (LOAP) otorgan al Vicepresidente Ejecutivo, como Presidente del CFG. Incluso, en la configuración administrativa de la Vicepresidencia, se creó una unidad denominada Coordinación de Políticas Territoriales, destinada a llevar acabo el seguimiento del desarrollo de las distintas políticas relacionadas con el CFG y con los equilibrios interterritoriales. Afirma Payares (2009, en www.aporrea.com, consultado 2009, octubre 14], que el Proyecto de Ley, eventualmente con algunas modificaciones fue presentado a la Asamblea Nacional entre 2000 y 2001, incluso fue aprobado en primera discusión y el informe de su segunda discusión estaba bien avanzado. Ahora, recientemente, el ciudadano Presidente de la República ha mencionado, por primera vez con suficiente fortaleza, la necesidad de la Ley Orgánica del Consejo Federal de Gobierno, incluso ha sugerido una fecha bastante cercana para su aprobación. La materia vuelve a entrar en el debate.
En diversas oportunidades se ha visto la importancia del CFG en la transformación del Estado e, incluso. La propuesta de transformar el Estado, que sirvió de fundamento al decreto N° 3 del 02 de febrero de 1999, mediante el cual, el Presidente de la República, en la primera sesión del primer Consejo de Ministros, del recién inaugurado gobierno, convocó al pueblo a pronunciarse sobre el llamado a una Asamblea Constituyente, tiene una de sus más ricas posibilidades de realización, en la creación y activación del CFG.
Reafirma Payares (ob.cit) que el CFG es una bisagra que une a los diferentes niveles político territoriales del Estado venezolano (nacional, estadal y municipal), bajo una sola planificación y visión del Estado y la sociedad. El CFG, integrado por el Vicepresidente de la República (quien lo preside), los ministros, los gobernadores de estado, un (1) alcalde por cada estado y la representación de la sociedad civil (el pueblo), es la primera construcción originaria sobre una nueva visión del Estado y sobre un proceso de verdadera transformación.
d. Deuda Pública Externa
Aquella contraída con entidades o personas del exterior y que generalmente está denominada en moneda extranjera. Los pagos por capital e intereses de las deudas externas implican una salida de divisas y un aumento de la cuenta de los egresos de la balanza de pagos. Se contraen deudas externas cuando se financian importaciones, cuando los gobiernos contraen compromisos con bancos, organismos internacionales u otros gobiernos, y cuando las empresas, públicas o privadas, solicitan préstamos para realizar inversiones o para otras necesidades. En este último caso es frecuente que las empresas cuenten con un aval gubernamental que garantiza la devolución de sus préstamos ante los acreedores.
En Venezuela, el Gobierno Nacional anunció, en el año 2006, que emprendía una reducción de la deuda pública externa mediante la compra de bonos emitidos a principios de los años 90 y la cancelación de los pagos con organismos como el Banco Mundial y el Fondo Monetario Internacional. Sin embargo, según la Revista económica (www.rev.com.ve, consultada 2009, octubre 14), en 2007, el endeudamiento foráneo alcanzó la cifra de 43 millardos de dólares.
La referida cantidad parte de la acreencia que está a nombre de la República, que de acuerdo con cifras preliminares del Ministerio de Finanzas arroja un saldo entre 26 millardos y 27 millardos de dólares, más los empréstitos por 16 millardos de dólares que registra Petróleos de Venezuela. El Ministerio del P.P. para las Finanzas exponen que la alternativa que tienen planteada ambos organismos es refinanciar prácticamente la totalidad del monto previsto en amortizaciones.
e. Deuda Pública Interna
Según www.definición.org “Comprende todas las obligaciones contraídas por
el Gobierno Federal con acreditantes nacionales y pagaderas en el interior del país, tanto en moneda nacional como extranjera. Su pago no debe implicar salida de fondos del país. Según declaraciones del Dr. Alí Rodríguez Araque, Ministro del Poder Popular para las Finanzas (disponible en www.guia.com.ve, consultado 2009, octubre 18) habló al país sobre los resultados macroeconómicos del segundo trimestre del año. Informó que la deuda pública interna disminuyó en 14,3%. Señaló que los elevados precios de los alimentos son los que han ocasionado la fuerte inflación en el país. Manifestó que se están diseñando estrategias para atacar la crisis.
f. Ministerio de Finanzas y Banco Central de Venezuela como entes que formula la política económica de un estado en función a las Finanzas Públicas
El articulo 318 de la Constitución Nacional de la República se refiere a que “Las competencias monetarias del Poder Nacional serán ejercidas de manera exclusiva y obligatoria por el Banco Central de Venezuela. El objetivo fundamental del Banco Central de Venezuela es lograr la estabilidad de precios y preservar el valor interno y externo de la unidad monetaria”.
Ahora bien, la relación entre el Ministerio del Poder Popular para las Finanzas y el BCV es muy estrecha y ambos suscribieron, en 2007, un acuerdo anual de políticas económicas, y esto se basa con lo previsto en el artículo 320 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 146, 147, 148 y 149 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público, y 89, 90, 91 y 92 de la Ley del Banco Central de Venezuela, el Ejecutivo Nacional y el Banco Central de Venezuela deben suscribir un Acuerdo Anual de Políticas cuyo objeto es contribuir a la coordinación macroeconómica.
Esta coordinación macroeconómica se inserta dentro del conjunto de instituciones que coadyuvan a asegurar una senda de estabilidad económica, política y social que permita el cumplimiento del plan de desarrollo económico y social, cuyo fin último es el bienestar de la sociedad.
CONCLUSIÓN
Planificar es una de las actividades características en el mundo actual, volviéndose cada vez más necesaria ante la creciente interdependencia y rapidez que se observa en el acontecer de los fenómenos económicos, políticos, sociales y tecnológicos. La planificación para que sea eficiente y eficaz hay que definir recursos, responsabilidades, objetivos, acciones, estas deberán cumplirse poniéndolas en práctica. A su vez requiere de la supervisión continua de las acciones se deberán establecer medidas de seguimiento porque si en el desarrollo de la misma estas acciones nos aparta de los objetivos entonces se deben corregir sobre la marcha y volver a planear.
El no trazarse un plan de acción puede ocurrir que no se sepa con exactitud hacia donde se quiere ir y que se desea lograr. Es importante señalar que la planificación no se efectúa solamente cuando la situación es positiva sino también para aquellas cuyas perspectivas sean negativas.
La planificación estratégica es un proceso pero también es un instrumento de la planificación. También se puede indicar que la planificación estratégica es un plan integral de acciones tendientes a consolidar mecanismos de participación que incluye objetivos que se establecen con el fin de que se generen cambios sustanciales en el futuro inmediato todo esto en función de los desafíos, amenazas, fortalezas y oportunidades.
En cuanto a la planificación social o de Estado, esta orientada al desarrollo social del país. El Estado tiene que establecer políticas que vayan en pro del mejoramiento y procuren el bienestar social de la población.
Ambas planificaciones pueden usarse en el modelo presupuestario y fiscal, este modelo procura la repartición equitativa de la riqueza nacional en pos de programas y proyectos que están enmarcados dentro del desarrollo nacional y que se llevan a cabo en el ámbito nacional, estadal y municipal, así como en las comunidades directamente a través del poder popular. Cualquiera sea el tipo de planificación desarrollada, en ellas se tienen que establecer objetivos, procedimientos, recursos, acciones; los mismos deberán ejecutarse pero mas allá de esto tiene que existir un control y seguimiento para evaluar los cambios que se han dado y observar si estos van en función de la situación que deseable que se espera.
En el área de la Gerencia Pública es de vital importancia conocer el manejo de la planificación, ya que se controlaría el tiempo y el presupuesto, se corregirían los errores y se adaptarían nuevas iniciativas a través de las herramientas que brinda la planificación para alcanzar los objetivos de una nueva sociedad en Venezuela.
BIBLIOGRAFÍA
Brewer- Carias, A. (1994). Principios del Régimen Jurídico de la Organización Administrativa Venezolana. Caracas, Editorial Jurídica Venezolana.
Blackerby (1994) Strategic Planning. Documento Disponible en: www.capacity.org/.../e775c31bc115a944c1256ecd004a99a1 [consultado, 2009, octubre 15]
Gómez, G. (2000) La planificación en los procesos Administrativos. México, McGraw Hill.
Steiner, G. (1998). La Planeación Estratégica. Madrid, Editorial CECSA
Lombardi (1995) La Importancia de la Planificación Estratégica para las Empresas Turísticas.Disponible En Dialnet.Unirioja.Es/Servlet/Articulo?Codigo [consultado 2009, octubre 14]
Parra Manzano, G. (2005). Manual de Derecho Administrativo General. Valencia, Venezuela. Editorial: Vadell Hermanos.
Payares (2009, en www.aporrea.com [consultado 2009, octubre 14]
Hunsheifer, J (2003) Planificación e Integración en los Países en América Latina Teoría de las Políticas y Sus Aplicaciones. Chile, editorial Siglo XXI.
www.sudeseg.gov.ve/dict_1997 [consultado 2009, octubre 15]
www.guia.com.ve, consultado 2009, octubre 18)
www.rev.com.ve, consultada 2009, octubre 14
www.wikipedia.com, 2009
Lic. Luis Alexander Mendoza Suarez
Gerencia Publica Seccion "C"
sábado, 28 de noviembre de 2009
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